La Asociación de Personas con Discapacidad Verdiblanca ha presentado un pliego de alegaciones a la nueva Ordenanza Municipal Reguladora de Vías de Estacionamiento Limitado, por considerar que no facilitará la movilidad de las personas con discapacidad, en el grado de autonomía personal que considera la entidad que debería tener este colectivo ciudadano. Pide así que el futuro texto recoja con nitidez la no sujeción a la norma de los vehículos utilizados por personas con discapacidad y más en concreto de aquellos que cuentan una movilidad reducida declarada. De esta forma el texto se asemejaría más al que emplean actualmente los ayuntamientos de grandes ciudades como Sevilla y Barcelona.
Una vez analizada la redacción de la ordenanza, Verdiblanca entiende que debería modificarse el texto que dice: “Quedan excluidos de la aplicación de la presente Ordenanza: Los vehículos propiedad de minusválidos cuando estén en posesión de la correspondiente autorización especial municipal”. El motivo de su disconformidad es que tal autorización especial municipal no existe ni ha existido nunca, según pone de manifiesto José Gómez Amate, presidente de Verdiblanca.
En las alegaciones se sugieren dos soluciones: mantener la expresión “autorización especial municipal”, pero dotándola de un contenido práctico y real; o bien eliminar ese concepto ambiguo (hasta el momento sin contenido) y sustituirlo por otro que ya existe: la tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida otorgada por la Junta de Andalucía, que según Gómez Amate identifica sin lugar a dudas, mediante un procedimiento claro y riguroso, qué personas tienen una importante movilidad reducida, y por tanto, quiénes deben disfrutar de la posibilidad de aparcar en un estacionamiento reservado”. Verdiblanca apuesta prioritariamente por esta última, para evitar duplicidad y ahorrar costes al Consistorio, y por ende a la ciudadanía.
Verdiblanca reclama, además, que en los 3.170 estacionamientos afectados por la nueva norma municipal haya al menos 80 reservados para personas con movilidad reducida que estén en poder del correspondiente certificado, de modo que se alcance al menos una plaza de aparcamiento reservado por cada 40 plazas de estacionamiento, tal y como marca la actual normativa autonómica. Además, deberían ubicarse lo más cerca posible de administraciones públicas y lugares públicos de interés general, según resalta Gómez Amate.
La entidad afea a la nueva ordenanza que emplee la palabra “minusválido” en lugar de “persona con discapacidad”, una terminología más acorde con la sensibilidad imperante en la actualidad, como recoge en España, desde 2003, la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad.